ABSTINENCIA
Abstinencia es la virtud que consiste en privarse total o parcialmente de satisfacer
los apetitos.
1- Abstención de alimentos
Ver también tema relacionado:
ayuno
2- Abstención de relaciones sexuales
Abstención de alimentos
La privación de determinados alimentos o bebidas, en cumplimiento de precepto religioso o
de voto especial. Se puede aplicar a cualquier tipo de abstención.
Para los católicos la abstinencia comúnmente se refiere a no comer carnes en ciertos
días. Por siglos, la Iglesia ha mantenido la obligación de abstinencia de carne
todos los
viernes (día penitencial por ser día de la Pasión del Señor).
La obligación no se ha quitado como muchos creen. El
derecho canónico mantiene en vigor esa antigua costumbre,
aunque en España, por una especial Bula, se puede
sustituir por un acto de piedad.
He aquí los cánones del actual
derecho canónico promulgado en 1983:
Capítulo II
De los días de penitencia
1249 Todos los fieles, cada uno a su modo, están
obligados por ley divina a hacer penitencia; sin embargo, para que todos se unan
en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días penitenciales,
en los que se dediquen los fieles de manera especial a la oración, realicen
obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con mayor
fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la
abstinencia, a tenor de los cánones que siguen.
1250 En la Iglesia universal, son días y tiempos
penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma.
1251 Todos los viernes, a no ser que coincidan
con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento
que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán
el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.
1252 La ley de la abstinencia obliga a los que
han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que
hayan cumplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas
y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia
quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno o a la
abstinencia.
1253 La Conferencia Episcopal puede determinar
con más detalle el modo de observar el ayuno y la abstinencia, así como
sustituirlos en todo o en parte por otras formas de penitencia, sobre todo por
obras de caridad y prácticas de piedad.
Abstención de relaciones sexuales
La moral cristiana exige la abstención de relaciones
sexuales fuera del matrimonio.
Ver también: Castidad
Los programas
de abstinencia sexual son un éxito en Cleveland, Ohio.
15 Sep. 05
Un estudio publicado por el American Journal of
Health Behaviour mostró que los programas de "abstinencia hasta el matrimonio"
han dado resultado y son un éxito entre los estudiantes de secundaria de Cleveland.
Según LifeSiteNews.com, el estudio se realizó entrevistando a más de dos
mil estudiantes de secundaria, participantes del programa llamado "For Keeps",
dirigido por Operation Keepsake in Mayfield, Ohio.
El programa consiste en cinco sesiones de 40 minutos, en las que se enfatiza la
abstinencia sexual hasta el matrimonio. También se presenta la virginidad como
un don que debe ser compartido en el matrimonio, así como los peligros del
embarazo adolescente y las enfermedades de transmisión sexual, incluyendo al
SIDA.
La directora del estudio, Elaine Borawski, indicó al diario local Plains Dealer
que los resultados son sorprendentes. La investigadora de la Case Western
Reserve University opina que el programa realizado con fondos del gobiernos
federal, ha influido positivamente en la vida sexual de los adolescentes.
"Todos decían que los muchachos que ya habían tenido relaciones sexuales no iban
a encontrar relevante el programa. Parece que ha tenido más éxito del que
pensábamos"

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